El nuevo texto reconoce que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida
El día 3 de septiembre de 2022 se cumplió un año de la entrada en vigor de la Reforma del Código Civil en materia de discapacidad. El texto se publicó en el BOE el 3 de junio de 2021 y entró en vigor tres meses más tarde.
El año 2021 fue el de la Reforma del Código Civil en materia de discapacidad, una auténtica revolución en este ámbito. Los expertos en el tema coinciden a la hora de señalar que el texto significa una transformación social, un cambio de mirada. Su objetivo es la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 (E.M.I), y ratificada por España en 2008, concretamente a su artículo 12.
El artículo 12, en su párrafo 2, reconoce que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida. Prácticas como la incapacitación deben ser abolidas para que las personas recobren su plena capacidad jurídica. Las prohibiciones de derechos de las personas con discapacidad quedan sin efecto.
Antes de la entrada en vigor de esta ley, la mayoría de los procesos de incapacitación terminaban con la tutela de la persona lo que significa la sustitución en la capacidad de obrar y el tutor actuaba en beneficio del tutelado (“principio del interés superior “). La nueva ley pone a la persona con discapacidad en el centro y reconoce su plena capacidad jurídica (la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones- capacidad legal – y de ejercer esos derechos y obligaciones – legitimación para actuar-) y su derecho a contar con los apoyos que se precise para la toma de decisiones. Se centra en la voluntad, en las preferencias y los deseos de la persona, siempre con las salvaguardas necesarias para evitar los conflictos de intereses o influencias indebidas.
Con la entrada en vigor de esta nueva ley, conceptos como incapacitación, tutela, patria potestad prorrogada o rehabilitada desaparecen cuando hablamos de personas mayores de edad. El nuevo texto legislativo establece que las medidas vigentes son las medidas de naturaleza voluntaria o las medidas de naturaleza judicial, refiriéndose aquí a la guarda de hecho, defensa judicial y curatela (con o sin funciones de representación).
Siguiendo el artículo 249 del Código Civil, “las medidas de apoyo a las personas mayores de edad o menores emancipadas que las precisen para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica tendrán por finalidad permitir el desarrollo pleno de su personalidad y su desenvolvimiento jurídico en condiciones de igualdad. Estas medidas de apoyo deberán estar inspiradas en el respeto a la dignidad de la persona y en la tutela de sus derechos fundamentales. Las de origen legal o judicial solo procederán en defecto o insuficiencia de la voluntad de la persona de que se trate. Todas ellas deberán ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad”.
El nuevo texto se publicó en el BOE el 3 de junio de 2021 tras haber sido ratificado por el Senado el 12 de mayo y por el Congreso ocho días después. Tras una ‘vacatio legis’ hasta el 3 de septiembre, la norma reformada prevé un período de tres años para la adaptación y revisión de las sentencias de modificación de la capacidad jurídica ya dictadas.
Las familias y las organizaciones más directamente implicadas en el asunto piden ahora un compromiso por parte de las administraciones públicas para que se garantice lo que de novedoso tiene la nueva ley. En otras palabras, se piden los recursos necesarios para que la administración de justicia pueda llevar a cabo todas las revisiones de sentencias y procesos de garantía de apoyos según lo que establece la nueva legislación.
Se pide también un llamamiento a la sociedad en general para que se sume a este cambio de mirada y que, además de lograr una “vida digna y deseada”, las personas con discapacidad también tengan plena inclusión en su comunidad.
La reforma de la legislación civil y procesal en materia de discapacidad garantiza el respeto a la toma de decisiones de las personas con discapacidad intelectual, al tiempo que aboga por la plena igualdad ante la ley y el ejercicio de la capacidad jurídica con los apoyos precisos.
Se garantizan los apoyos que cada persona precisa para construir proyectos de vida con autonomía y calidad, se reconoce el derecho a la plena ciudadanía y resulta una invitación a darle a las personas con discapacidad todos los apoyos para que sean felices.
La reforma pone fin a la “sustitución de la persona”, respeta la voluntad y deseos de la persona, acabando con la “incapacitación de la persona”, con la “sustitución de la persona”.
Resulta importante considerar que no estamos ante un cambio de terminología, sino que vivimos el momento de un cambio de mentalidad: respeto a la dignidad de la persona con discapacidad.
Convienen destacar también los siguientes aspectos claves que señala la ley.
Por una parte, en su artículo 250, establece que “(…) Al determinar las medidas de apoyo se procurará evitar situaciones en las que se puedan producir conflictos de intereses o influencia indebida. No podrán ejercer ninguna de las medidas de apoyo quienes, en virtud de una relación contractual, presten servicios asistenciales, residenciales o de naturaleza análoga a la persona que precisa el apoyo”.
Y por otra, y no menos importante, reconoce el derecho de las personas con discapacidad a entender y ser entendidas en cualquier actuación que deba llevarse a cabo. Esto implicará que en los procesos en los que intervengan personas con discapacidad, se realizarán las adaptaciones y los ajustes que sean necesarios para garantizar su participación en condiciones de igualdad. Cobran aquí gran relevancia figuras como el facilitador, círculo de apoyo, el traductor vital o la accesibilidad universal.
Para el buen cumplimiento y aplicación de esta ley, sigue siendo necesaria la formación de los operadores, jurídicos y sociales, así como de las familias y las propias personas con discapacidad. También debemos contribuir con esta formación para dar tranquilidad a las familias que muestran una preocupación generalizada por el desconocimiento que existe de la ley por parte de las familias.
La Fundación Canaria Sonsoles Soriano contribuye a mostrar los cambios que trae aparejados esta reforma. Desde que la misma se puso en marcha, la Fundación recorre Tenerife y la provincia de Santa Cruz de Tenerife dando charlas sobre la misma. Igualmente se ha elaborado material para acercar la nueva ley a las familias de las personas con discapacidad.
Asimismo, se están llevando a cabo grandes esfuerzos para paliar esta situación. Sirva de ejemplo la labor desempeñada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), la Fundación ONCE, el Consejo General del Notariado, Fundación Aequitas y Liber, Asociación de entidades de apoyo a la toma de decisiones, que han publicado una guía jurídica sobre la gran reforma. Esta publicación busca resolver dudas y aclarar el alcance de la nueva legislación.
Y es que el fin de la incapacitación judicial beneficia a 4,5 millones de personas con discapacidad, según datos que maneja el Consejo General de la Abogacía Española.
La Fundación Canaria Sonsoles Soriano Bugnion nace, por iniciativa de Nicolás Soriano y Georgette Bugnion- padres de Sonsoles, quien da nombre a la Fundación- en el año 2003 para dar respuesta al interrogante que se hacen las familias de personas con discapacidad, “¿Quién cuidará a nuestro hijo o hija con discapacidad cuando faltemos nosotros?”. La Fundación responde: “Estaremos a su lado”. Su misión es garantizar los apoyos que puedan precisar las personas con discapacidad intelectual en todos los aspectos de su vida, respetando sus derechos, su voluntad y sus preferencias, conforme al art. 12 de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Asumimos la medida de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad intelectual en situación de vulnerabilidad.
Con la entrada en vigor de la Reforma, la Fundación Canaria Sonsoles Soriano seguirá avanzando en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. Continuará teniendo un papel clave para la vida de las personas con discapacidad y sus familias. Esto es así porque seguirá desempeñando, en el marco de esta Reforma, las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica y para la toma de decisiones de las personas que lo requieran para no encontrarse en una situación de vulnerabilidad social o una situación de indefensión a la hora de garantizar sus derechos. Y lo continuará haciendo desde un modelo que es cercano a cada persona a la que se acompaña en su proyecto de vida, se interviene desde su centro,
desde su entorno, conociendo sus necesidades, preferencias y deseos, sus ilusiones y metas. La Fundación Sonsoles Soriano seguirá comprometida con el presente y con el futuro de las personas con discapacidad, avanzando en el camino que nos está dibujando esta Reforma del Código Civil en materia de Discapacidad.